jueves, 9 de octubre de 2014

Seguro del hogar: Dudas sobre el Continente

Capitales Continente y Contenido:

Como primera publicación empezaremos con la descripción de los capitales, dicho conceptos suelen venir definidos en los condicionados, como norma general el Continente (en adelante CTE) incluye:
El conjunto de la construcción principal: (Cimientos y muros, forjados, vigas y pilares, paredes, techos y suelos, puertas y ventanas),
Instalaciones fijas tales como las de agua, gas, electricidad, telefonía, energía solar, calefacción y refrigeración, incluidos calderas, radiadores y aparatos de producción de frío (deben de estar empotrados) instalados de forma permanente, elementos sanitarios, antenas de televisión (deber ser privativa del asegurad@)
Cubiertas y fachadas: dependerá si tenemos una vivienda unifamiliar si tiene están incluidos, si la vivienda asegurada es un piso no estarían incluido en nuestra póliza, sería responsable de la  propiedad de la comunidad de propietarios (en adelante CCPP). Igual le ocurre al vecino del último piso, la filtraciones o goteras del tejado (también los daños que estas causen) la debe atender el seguro de la corresponde a la CCPP.

Trasteros y garaje: siempre en el momento de la firma del contrato hay que tener en cuenta si están incluidos, sobre todo si la vivienda forma parte de una comunidad de propietarios, también debe de determinar si la cobertura en dichas dependencias son iguales para todos, o hay exclusiones, por ejemplo: algunas compañía no cubre el robo de determinados objetos (ejemplo: joyas) que se encuentre en trasteros o lo limitan a un cierto importe (ejemplo: indemnización hasta un máximo 600 € robo en trastero) o porcentaje (ejemplo: indemnización o reparación hasta un máximo  10 % de la suma asegurada en contenido)
Mamparas y Encimeras o bancadas: pues depende de la compañía, casi el 90 % de las compañías la mampara es CTE y las encimeras Contenido (para no aplicar estética [ya se explicará en otra publicación]).

Las vallas, cercas, muros: respecto las coberturas hay gran variedad por lo general están cubierta, (algún seguro no cubre las vallas de arboles, plástico o madera) excepto si es una valla medianera (valla única que separa nuestra propiedad de la nuestro vecino se suele considerar como si fuera una comunidad de 2 persona, hay seguro que atiende y luego giran el 50 % al seguro del vecino o otros obligan a los dos afectados que reparen a modo particular para que luego cada asegurad@ gire el 50 % a través de la garantía de “derrama comunitaria”)

Los árboles, arbustos, plantas,…: dependerá de la compañía de seguro, alguna solo lo cubren para los casos de siniestros de incendio, explosión, acción del rayo, actos malintencionados o actos vandálicos , impacto de vehículos terrestres. El tema de arboles rotos por viento no suele tener cobertura, ni los daños que estos produzca al asegurad@. (a tener en cuenta si tiene arboles en su propiedad)

Piscinas e instalaciones recreativas o deportivas, también tiene la condición de continente, hay alguna cobertura que no suelen atender dichas instalaciones (no suele aplicar estético, fugas de la piscina, no suele aplicar la garantía de rotura,…)

Para inquilinos al contiene se suele llamar obras de mejoras, es decir asegurad@s que tengan una vivienda en alquiler o local, y realicen modificación de obra, pueden contemplarla en la póliza.


En lo que respecta al Importe a contratar por el Continente, suele estar tasado por los bancos, en función de los metros cuadrados, calidades del edificio, antigüedad y población.

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